Los sindicatos con representación en el Ayuntamiento de Alicante han presentado un escrito y nos sumamos a sus reivindicaciones, en relación con el proceso para la provisión en propiedad de plazas de agente de la Policía Local por los turnos de movilidad, libre ordinario y consolidación (62 de ellas por turno libre) cuya convocatoria se publicó en el BOPA nº 192 de 8/10/2019.
Mencionan que se viene desarrollando el citado proceso selectivo por turno libre, habiendo aumentado el número de plazas de la convocatoria hasta las 92 mediante sendas acumulaciones aprobadas por este Ayuntamiento; esto es 17 correspondientes a las OEP de los años 2019 y 2020 y 13 plazas del 2021.
No obstante las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales, han considerado que los Cuerpos de Policía Local son sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición de efectivos. En este sentido, la Ley de PGE para el año 2021 estableció dicha tasa en el 115 por ciento, y la Ley 22/2021 de PGE para el año 2022, ha fijado con carácter imperativo, dicha tasa en el 125 por ciento.

Tal como reclaman los sindicatos queremos que el Ayuntamiento cumpla las propias Bases de la convocatoria, así como la Ley de Presupuestos, que obliga también a la ampliación de las plazas con la tasa de reposición del 125%, y además, la Ley 20/2021, que por exigencia de Europa, obliga a todas las Administraciones, a poner freno a la alta tasa de temporalidad en el empleo público.
Nos sumamos a la solicitud para que se aprueben las OEP del segundo semestre de 2021 y la correspondiente del año 2022, y se acuerde por el órgano competente la acumulación adicional de todas las plazas vacantes de agente de policía local a la Convocatoria número 14 antes de su finalización, dicho sea de acuerdo con los previsto en la Base 1, de las Bases reguladoras del citado proceso selectivo.
También nos sumamos a la reivindicación para que de igual manera se acuerde la tasa adicional para los servicios de prevencion y extincion de incendios, las que sean necesarias para su cumplimiento a las previsiones legales o reglamentarias sobre la prestación de dichos servicios, su creación, organización y estructura .
La falta de plantilla se es evidente y se refleja en las 18.000 horas extras anuales que demuestran que la falta de personal es un problema estructural, por tanto se deben ofertar todas las plazas vacantes adicionadas a los procesos en curso, sin perjuicio de las plazas de nueva creación que son indispensables.